Accidentes de trabajo
Consideraciones Previas
¿Cuál es la ART que me cubre en caso de Accidente de trabajo?
¿Qué es un accidente de trabajo?
Se considera accidente de trabajo a todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del/la trabajador/a y el lugar de trabajo, siempre y cuando la persona damnificada no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo.
Elementos que componen un accidente:
En todo accidente interactúan 3 elementos:
- Agente: es el objeto peligroso o mecanismo que lo produce.
- Medio: es la situación o circunstancia física o social en que se produce.
- Accidentado: es quien lo sufre.
Accidente in itinere
Se considerará accidente “in itinere” sólo aquel que ocurre en el trayecto entre el domicilio del/la trabajador/a y el lugar de trabajo y viceversa, siempre y cuando la persona damnificada no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo.
Eventualmente el/la trabajador/a podrá declarar por escrito ante la entidad empleadora, y ésta dentro de las setenta y dos (72) horas previas ante la aseguradora, que el itinere se modifica por razones de estudio, concurrencia a otro empleo o atención de familiar directo enfermo y no conviviente, debiendo presentar el pertinente certificado a requerimiento de la entidad empleadora dentro de los tres (3) días hábiles de requerido.
Comportamiento preventivo
La base de toda acción preventiva consiste en localizar aquellas condiciones de trabajo y del entorno que pueden ocasionar o derivar en accidentes o daños para la salud, es decir, en identificar los “riesgos” a los que el trabajador pudiera estar expuesto.
¿Cómo se pueden prevenir los accidentes?
- Tomando una actitud proactiva hacia la prevención.
- Examinando críticamente los lugares de trabajo.
- Identificando cuáles pueden ser los sistemas, elementos o equipos que encierren peligros potenciales.
- Modificando individualmente comportamientos que impliquen riesgos para sí mismos/as o para terceras personas.
- Utilizando, en su caso, los elementos de Protección Personal provistos por la Institución.
¿Cómo actuar ante un eventual accidente de trabajo?
- Informar de manera inmediata a la entidad empleadora toda contingencia que ocurra durante o en ocasión de trabajo incluyendo los in itinere, por sí mismo/a o a través de una tercera persona.
- Tal información deberá ser declarada con la mayor precisión posible detallando el horario, lugar en que acaeció la contingencia, tarea que el/la trabajador/a estaba realizando, circunstancias que incidieron en el acaecimiento, causa del accidente, agente causante, descripción del suceso y zona del cuerpo afectado.
- Durante el horario hábil administrativo, dicho trámite será diligenciado ante la Dirección de Salud Ocupacional quienes realizarán la denuncia correspondiente a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (Galeno ART).
- Fuera de dicho horario, se deberá gestionar el trámite ante el teléfono celular que se encuentra habilitado durante las 24 hs. y los 365 días del año para tales efectos. Celular Nº 2323-15-460515.
- Desde la Dirección de Salud Ocupacional se gestionará el siniestro y una vez obtenido el número del mismo, se le brindará a la persona accidentada el número de siniestro y se le indicará a qué prestador deberá concurrir.
- En todos los casos de accidentes, se deberá proceder a brindarle a el/la trabajador/a la atención primaria con los mecanismos y herramientas que la institución tenga destinada a tales efectos.