Accidentes de trabajo

Consideraciones Previas

 

¿Cuál es la ART que me cubre en caso de Accidente de trabajo?

¿Qué es un accidente de trabajo?

 
Se considera accidente de trabajo a todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del/la trabajador/a y el lugar de trabajo, siempre y cuando la persona damnificada no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo.
 

Elementos que componen un accidente:

 

En todo accidente interactúan 3 elementos: 
  1. Agente: es el objeto peligroso o mecanismo que lo produce.
  2. Medio: es la situación o circunstancia física o social en que se produce.
  3. Accidentado: es quien lo sufre.
 

Accidente in itinere

 
Se considerará accidente “in itinere” sólo aquel que ocurre en el trayecto entre el domicilio del/la trabajador/a y el lugar de trabajo y viceversa, siempre y cuando la persona damnificada no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo.

Eventualmente el/la trabajador/a podrá declarar por escrito ante la entidad empleadora, y ésta dentro de las setenta y dos (72) horas previas ante la aseguradora, que el itinere se modifica por razones de estudio, concurrencia a otro empleo o atención de familiar directo enfermo y no conviviente, debiendo presentar el pertinente certificado a requerimiento de la entidad empleadora dentro de los tres (3) días hábiles de requerido.
 

Comportamiento preventivo

 

La base de toda acción preventiva consiste en localizar aquellas condiciones de trabajo y del entorno que pueden ocasionar o derivar en accidentes o daños para la salud, es decir, en identificar los “riesgos” a los que el trabajador pudiera estar expuesto.
 

¿Cómo se pueden prevenir los accidentes? 

 

  • Tomando una actitud proactiva hacia la prevención.
  • Examinando críticamente los lugares de trabajo.
  • Identificando cuáles pueden ser los sistemas, elementos o equipos que encierren peligros potenciales.
  • Modificando individualmente comportamientos que impliquen riesgos para sí mismos/as o para terceras personas.
  • Utilizando, en su caso, los elementos de Protección Personal provistos por la Institución.

¿Cómo actuar ante un eventual accidente de trabajo?

 

  1. Informar de manera inmediata a la entidad empleadora toda contingencia que ocurra durante o en ocasión de trabajo incluyendo los in itinere, por sí mismo/a o a través de una tercera persona.
  2. Tal información deberá ser declarada con la mayor precisión posible detallando el horario, lugar en que acaeció la contingencia, tarea que el/la trabajador/a estaba realizando, circunstancias que incidieron en el acaecimiento, causa del accidente, agente causante, descripción del suceso y zona del cuerpo afectado.
  3. Durante el horario hábil administrativo, dicho trámite será diligenciado ante la Dirección de Salud Ocupacional quienes realizarán la denuncia correspondiente a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (Galeno ART).
  4. Fuera de dicho horario, se deberá gestionar el trámite ante el teléfono celular que se encuentra habilitado durante las 24 hs. y los 365 días del año para tales efectos. Celular Nº 2323-15-460515.
  5. Desde la Dirección de Salud Ocupacional se gestionará el siniestro y una vez obtenido el número del mismo, se le brindará a la persona accidentada el número de siniestro y se le indicará a qué prestador deberá concurrir.
  6. En todos los casos de accidentes, se deberá proceder a brindarle a el/la trabajador/a la atención primaria con los mecanismos y herramientas que la institución tenga destinada a tales efectos.