Intervenciones por Violencia de Género

Atendiendo la problemática social de violencia por razones de género que atraviesan trabajadoras Nodocentes de la Institución, se propone generar un espacio de orientación y acompañamiento ante esas situaciones. 
 
Normativa
 
Art. 97º: El trabajador gozará de las siguientes licencias especiales:
Reglamentación Particular Artículo 97º del Convenio Colectivo.

3. VIOLENCIA DE GÉNERO:
En el caso particular de violencia de género hacia un trabajador/a Nodocente y atendiendo a la inexistencia de un régimen jurídico o asistencial que permita compatibilizar las tareas domésticas, laborales y el tiempo que pueda demandar el acceso a la justicia, se le otorgará una licencia extraordinaria con goce de haberes tal que permita el pleno desarrollo de las denuncias y el acceso a la asistencia para sí y para su grupo familiar. La presente licencia tendrá carácter especial, podrá ser solicitada por los trabajadores/as a través de la Dirección General de Personal, debiendo la Universidad preservar el derecho a la intimidad de la víctima. Esta licencia deberá conformarse por la Dirección General de Personal en el término de cinco (5) días, teniendo en cuenta los antecedentes que presente el trabajador y/o intervenciones profesionales.
 
Procedimientos de Actuación:
 
Presentación de formulario en la Dirección General de Personal por parte de la persona solicitante, con los antecedentes que correspondan al caso, para su autorización.

Puede descargar el Formulario en el siguiente link